El gasóleo profesional.
Se convierte en la devolución esencial para el resultado de explotación para las Empresas de transporte.

Tras la medida adoptada por el gobierno, en la que se mantiene la bonificación de 20 céntimos hasta marzo de 2023 y posteriormente pasará a ser de 10 céntimos por litro hasta el 30 de junio de 2023.
El aumento del precio del combustible está afectando a prácticamente todo el sector productivo. El gasóleo profesional se implementó en sus orígenes con el objetivo de reducir el impacto del incremento del combustible, pero es ahora con la importancia de la cantidad a devolver por litro consumido, cuando se convierte en esencial.
¿Cómo se obtiene la devolución de Gasóleo Profesional?
La bonificación del gasóleo se hará, a partir de ahora, mensualmente a través del gasóleo profesional, la herramienta a través de la que la Agencia Tributaria devuelve cada mes parte de los impuestos del carburante a los transportistas. Se abonará al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos.
Las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada, que hasta el 31 de diciembre de 2022 recibían 4,9 céntimos de euro de devolución por litro en un pago mensual, recibirán junto ahora, desde el 1 de enero de 2023, 24,9 céntimos de euro de devolución por litro, con esta ayuda la bonificación al combustible.
Para otros profesionales del sector de transporte, que no tienen derecho a este mecanismo, se ha establecido un sistema de ayudas directas para las empresas que podrán solicitar a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023.
¿Quiénes se pueden beneficiar de esta devolución?
El gasóleo profesional está destinado para las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada.
Para las flotas movidas por gas se prevé una compensación de 27 céntimos de euro en el primer trimestre y de 14 céntimos de euro en el segundo.
La dependencia de las empresas de transportes del precio del combustible es total, es junto con el gasto en personal, el gasto de explotación más importante de cualquier empresa de transporte de mercancía por carretera. Si bien anteriormente había muchas empresas que renunciaban a esta devolución por considerar bajo el importe de la devolución, con esta medida, la devolución del gasóleo profesional es esencial para la supervivencia de la empresa de transporte
Por lo tanto, la buena gestión de la devolución del gasóleo profesional en las empresas de transporte es una decisión crítica.
¿Qué necesito para solicitar una tarjeta de combustible para gasóleo profesional?
De forma habitual, todas las entidades emisoras de tarjetas de combustible profesional necesitan los mismos datos de tu empresa.
Para el estudio inicial se necesitan los datos de la empresa, persona de contacto, número de vehículos, y el consumo mensual estimado.
Para la emisión de las tarjetas de combustible profesional, se necesita:
- Rellenar, firmar y sellar el contrato de la emisora de tarjetas de combustible.
- Indicar las matrículas de los vehículos.
- Comunicar si es solicitante de devolución de gasóleo profesional de la Agencia Tributaria.
- Indicar limitaciones al uso tanto global como concreto para cada tarjeta de combustible profesional.
- Rellenar, firmar y sellar la domiciliación SEPA B2B.
De forma particular, algún emisor de tarjetas de combustible profesional puede necesitar más datos, que en cualquier caso solicitan antes de la emisión de las tarjetas de combustible profesional.
Con estas tarjetas el proveedor se encarga de comunicar a Hacienda tus repostajes y para que te llegue la devolución íntegra, sólo te debes asegurar de que estés correctamente inscrito en el censo y que tus vehículos estén correctamente censados. Además una vez al año durante el primer trimestre debes comunicar los kilómetros con los que has finalizado el año anterior a 31 de diciembre.


